
En este apartado recogemos unas breves descripciones
de los conceptos más habituales de la actividad profesional
de la traducción y de la nterpretación.
Traducción
Acto de verter por escrito a una lengua meta un texto originariamente
escrito en una lengua origen.
Traducción general
Traducción que tiene por objeto un texto escrito en lenguaje
no especializado.
Traducción especializada
Traducción que tiene por objeto un texto escrito en lenguaje
especializado (jurídica, económica, técnica,
científica, etc.)
Traducción jurada
Traducción que el/la traductor/a jurado/a (una especie de
"fedatario público") sella dando así fe
de que ésta se corresponde con el original.
Traducción a vista
Traducción en la que el/la traductor/a tiene ante sí
un texto escrito que no ha visto nunca antes y que lee directamente
en voz alta en otra lengua.
Interpretación
Acto de verter oralmente a la lengua término un mensaje producido
en lengua origen.
Interpretación consecutiva
El/la intérprete transmite en bloque las informaciones
que recibe en lengua origen sin necesidade de un equipo técnico,
y con posterioridad a la emisión del discurso original.
Interpretación simultánea
El/la intérprete trabaja aquí en una cabina insonorizada.
A través de un equipo técnico recibe la información
en lengua origen que vierte en lengua meta prácticamente
de forma simultánea.
Interpretación bilateral o de enlace
/ Intérprete acompañante
El/la intérprete hace de intermediario/a entre dos (o a veces
más) personas que hablan dos lenguas distintas. Este tipo
de interpretación se emplea típicamente en situaciones como:
reuniones de negocios, ruedas de prensa, entrevistas, etc.
Interpretación murmurada o chuchotage
El/la intérprete traduce en voz baja, al oído de una
o dos personas, lo que va diciendo el/la orador/a.
Interpretación jurada
Interpretación realizada por un/a intérprete jurado/a.
lengua origen/de partida
Lengua de la que se traduce/interpreta
Texto origen/de partida (TO)
Texto original que se debe traducir
Lengua término/de llegada
Lengua a la que se traduce/interpreta
Texto término/de llegada (TT)
Texto traducido. Es resultado del acto de la traducción
Texto paralelo
Texto en la lengua término u origen comparable al texto origen
en cuanto a la materia del mismo o al tipo de texto.
Documentación sobre la materia
Toda aquella información (texto, imagen, glosarios, traducciones)
útil y necesaria para la elaboración de una traducción
correcta.
Función del texto
Función comunicativa que debe cumplir el texto término.
Traductor/a o intérprete profesional
Persona dedicada profesionalmente al ejercicio de la traducción
o de la interpretación. Los y las profesionales de la traducción/interpretación
pueden estar contratados por cuenta ajena (en una empresa, agencia
de traducción, organismo, etc.) o bien ser profesionales
autónomos.
Traductor/a o intérprete jurado/a
Persona acreditada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, en el
caso de la traducción/interpretación de castellano
y por la Consellería de Educación e Ordenación
Universitaria (Dirección Xeral de Política Lingüística),
en el caso de la traducción/interpretación de gallego.
Jornada completa de interpretación
Jornada laboral de un máximo de siete horas, repartidas entre
mañana y tarde y descontado el tiempo de la comida y de las
pausas.
Media jornada de interpretación
Jornada laboral de un máximo de cuatro horas, bien en horario
de mañana o bien de tarde y descontado el tiempo de las pausas.
Corrección de textos
Entre las tareas habituales de los/las profesionales de la traducción,
también se recoge el de la corrección de textos. En
este caso, el/la cliente/a pone a disposición del/a traductor/a
un texto con su traducción para que éste/a la revise
y la corrija. El/la cliente/a deberá especificar de qué
tipo de corrección se trata: errores ortográficos
y de lengua, errores de traducción, cuestiones estilísticas,
etc.
Tasa de cancelación
La tasa de cancelación se aplicará a los trabajos
de interpretación siempre y cuando un trabajo se cancele
en los tres días anteriores al que estaba prevista la interpretación.
Recargo de urgencia
Tasa que se aplica a cualquier encargo de traducción siempre
que su cumplimiento requiera más tiempo del estipulado como
media diaria máxima (entre 2000 e 3000 palabras).
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